martes, 22 de enero de 2013

Como se declaran las ganancias sobre ganancias del juego en USA

Hemos encontrado este artículo en el blog de nuestra admirada Laura Guillot y queremos compartirlo con vosotros pue ses interesante.

Esperemos que el gobierno español decida actuar a favor de los jugadores y mostrando su apoyo.

A pesar del cambio en la tributación de las ganancias del juego todavía muchas dudas y cuestiones sin resolver ¿Hasta dónde llega el control por parte de Hacienda sobre las ganancias obtenidas? ¿Cómo tributan los premios obtenidos por los participantes en juegos de azar? ¿Cómo se justifican las pérdidas?
"¡Has ganado! ¿Y ahora qué? Mantente informado acerca de tus responsabilidades fiscales"
Es el título de un folleto divulgativo americano... pero aquí, en España, de momento no busques...


Según las cifras que maneja el Ministerio de Hacienda, hay alrededor de un millón de jugadores online que supondrá para este año 2013 una recaudación fiscal de entre 150 y 160 millones de euros.
Es obvio que hay que tomarse en serio el juego online  y gestionar bien el dinero, y si hay ganancias, acordarse de que Hacienda está allí y quiere su parte, y que nadie pretenda escaquearse porque tiene todos los datos monitorizados!
 
Los jugadores deberán tributar por las ganancias descontando las pérdidas, el problema es que algunas veces va a resultar difícil demostrarlas:
 
Aquí dos emails recibidos recientemente:
 “…He publicado en (nombre del foro) esta pregunta que ha quedado sin respuesta: "Según el BOE estaría permitido descontar las pérdidas en las casas de apuestas presenciales manteniendo el ticket de la apuesta?
 O sea, si gano en 2013, 10 mil euros con el póker online y pierdo 1 apuesta de mil euros en una sala presencial y tengo un ticket (que no es nominal)  y todo podría declarar 9 mil?
 
“…Soy un lector de tu blog desde que empezó la regulación de póker (desde junio me he leído casi todos los artículos referentes al juego, monederos electrónicos, etc.) y me gustaría hacerte una consulta ya que aunque creo que no tengo de que preocuparme, me quita el sueño de vez en cuando.
El caso es que se que sino alcanzas los 1.000€, no tienes porque declarar, y hasta ahí estoy tranquila, porque no llego a los 700. Pero tengo un quebradero de cabeza con los monederos electrónicos. Tengo una cuenta de Neteller en la cual hago ingresos de vez en cuando mediante cupones prepago Ukash (de 50-70€) y no más de 200-300€ al mes, siempre con los cupones de cantidad dichos anteriormente; y posteriormente los saco por la tarjeta que ofrece Neteller. Se también que los monederos electrónicos no informan de movimientos Hacienda o Banco de España, a no ser que sean muy seguidos (levanten alguna sospecha) o superior a 2.000€/movimiento (en alguno lado he leído en vez de 2.000, 1.000 o 3.000€, aunque me rijo mas por tu blog)
Mi pregunta es si el ingresar mediante Ukash y sacar con la tarjeta, las cantidades que te he dicho, supone algún problema cara a Hacienda, porque no me aclaro si es "ganancia" o movimiento de capital ya que esos cupones de Ukash los recibí mediante una sala de póker fuera de la legislatura española. Aunque son depósitos a mi cuenta de Neteller con esos cupones, esos cupones los he podido coger por devolución de otras compras por internet o simplemente me los haya dado otra persona. Supone algún problema lo que te digo? O en principio Hacienda (o el organismo competente) no sabe nada ya que Neteller no le ha dicho nada? Espero tu respuesta…”
 
Una nota informativa aclaratoria por parte de la Agencia Tributaria con unos cuantos ejemplos, sería muy útil. Por ejemplo tal como aborda el tema de las ingresos y las pérdidas de juego la Agencia Tributaria de EEUU

Las siguientes reglas se aplican a los jugadores casuales. Las ganancias de juego son completamente tributables y deben ser informadas en su declaración de impuestos. Los ingresos de juego incluyen, pero no está limitado a, los premios obtenidos en loterías, rifas, carreras de caballos y casinos. Incluye premios en efectivo y también el precio justo de mercado de los premios como automóviles y viajes. Para obtener información adicional, consulte la Publicación 525, la base imponible y no imponible.
Un contribuyente tiene la obligación de presentar un Formulario W-2G, Ciertas ganancias de juego, si recibe ciertas ganancias de juegos de azar o si tiene alguna ganancia de juego sujeta a retención de impuestos federales. Todas las ganancias de juegos de azar deben ser declarados en el Formulario 1040, incluyendo las ganancias que no están sujetas a retención. Además, es posible que tenga que pagar un impuesto estimado sobre sus ganancias de juegos de azar. Para obtener información sobre la retención sobre las ganancias de juego, consulte la Publicación 505, Retención de Impuestos e Impuestos Estimados.
Usted puede deducir las pérdidas de juego sólo si detalla las deducciones. Sin embargo, la cantidad de pérdidas que se deduce no puede superar la suma de los ingresos de juego presentados en su declaración. Reclame sus pérdidas de juego en el Formulario 1040, Anexo A, como una miscelánea deducción detallada no sujeta al límite del 2%. Un extranjero no residente de los Estados Unidos no puede deducir pérdidas de juego en el Anexo A del Formulario 1040NR).
Es importante mantener un diario exacto o un registro similar de sus ganancias y pérdidas de juego de azar. Para deducir sus pérdidas, usted debe ser capaz de proporcionar los recibos, tickets, declaraciones u otros documentos que demuestren la suma de sus ganancias y pérdidas. Consulte la Publicación 529, Miscelánea de Deducciones, para obtener más información.
Si usted es considerado un extranjero no residente de los Estados Unidos a efectos del ISR y usted tiene que presentar una declaración de impuestos, usted debe usar la Forma 1040-NR. Consulte la Publicación 519, Guía de impuestos de EE.UU. para los extranjeros, y la Publicación 901, de Tratados Fiscales de Estados Unidos, para obtener más información.
Esta página fue revisada o actualizada: 04 de enero 2013
 
Para disipar dudas e interpretaciones erróneas o especulativas, quizás la Agencia Tributaria Española podría imprimir o poner un enlace a un folleto divulgativo como el de Estados Unidos ¿no?
 
"¡Has ganado! ¿Y ahora qué? Mantente informado acerca de tus responsabilidades fiscales con la Hacienda Española."

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